Normas o procedimientos que son de interés para el conocimiento y correcta aplicación de todo lo dispuesto en cuanto a adquisición, documentación, tenencia y uso de armas particulares.
Las Intervenciones de Armas del EA, la Central y la del MACAN, tienen como misión la gestión, administración y control del uso y tenencia de las armas particulares que poseen los oficiales y suboficiales del EA habilitados a tal efecto. Dichos militares, poseedores de armas particulares, adquieren una grave responsabilidad en lo referente a su tenencia, uso y porte que le exige conocer en detalle los derechos y obligaciones que en esta materia les asisten. Las normas en vigor, que abajo pueden ser consultadas, son el Reglamento de Armas (RA) regulado por RD 137/1993 y posteriores modificaciones, las Instrucciones para la aplicación del RA en las FAS, OM 2/2023, de 25 de enero y la IG 90-22 (1ª Revisión de 21/09/2013, 1ª Enmienda de 05/11/2020).
Revista de Armas
Revista de Armas durante el mes de abril.
Es responsabilidad exclusiva de los legítimos dueños de las armas el saber cuando han de pasar las correspondientes revistas de armas y es inexcusable la presentación del arma acompañada de su guía de pertenencia, personalmente o por medio de tercero, con licencia para las armas de que se trate debidamente autorizado por escrito.
Normativa
- Real Decreto 137/1993 Reglamento de Armas
- OM 2/2023 Aplicación del Reglamento de Armas a las FAS
- Resolución 2024 de la Guardia Civil Medidas Seguridad Mínimas Armeros Armas Particulares Domicilios
- USO INTERNO (Sólo INTRANET). Consulte con su Sección de Personal.
Contacto
- Teléfono: +34 915032467 / +34 915034229
- Teléfon RCT: 812 2467 / 812 4229
- Correo electrónico: intervencionarmasea@ea.mde.es
- Correo electrónico: intervencionarmas-segen-cgmacan@mde.es (Canarias)
Formularios
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