Los miembros del Cuerpo General del Ejército del Aire y del Espacio, agrupados en escala de oficiales, escala de suboficiales y escala de tropa, tienen como cometidos la preparación, el empleo y el apoyo a la Fuerza del Ejército del Aire y del Espacio.
¿Qué es la escala de tropa?
Los miembros del Cuerpo General del Ejército del Aire y del Espacio, agrupados en escala de oficiales, escala de suboficiales y escala de tropa, tienen como cometidos la preparación, el empleo y el apoyo a la Fuerza del Ejército del Aire y del Espacio.
Los empleos del Cuerpo General del Ejército del Aire y del Espacio en la escala de tropa son los de soldado a cabo mayor.
Los militares de la categoría de tropa y marinería, que constituyen la base de la estructura orgánica y operativa de las Fuerzas Armadas, desempeñan trabajos y cometidos en aplicación de procedimientos establecidos o los que se les encomiende por órdenes concretas. De su profesionalidad, iniciativa y preparación depende en gran medida la eficacia de la organización militar.
Especialidades en la escala de tropa del Ejército del Aire y del Espacio
Protección de la Fuerza y Apoyo a las Operaciones: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades directamente relacionadas con la vigilancia, seguridad y defensa de instalaciones, personal y recursos, así como con la protección y descontaminación NBQ («Nuclear, biológico y químico»). Además realizan actividades relacionadas con la instrucción de las unidades de tropa y apoyo general a las operaciones.
Auxiliar de Mantenimiento Aeromecánico: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relativas a los cometidos profesionales inherentes al mantenimiento de las aeronaves de dotación y al mantenimiento y manejo de equipos asociados en tierra, en lo referente a los sistemas mecánicos, hidráulicos, eléctricos, electrónicos y estructura de aeronaves, tanto en tierra como a bordo de las mismas. También realizan las tareas necesarias para el movimiento de aeronaves en tierra, así como actividades específicas relativas al área de talleres, montaje y equipo diverso (fresador, ajustador, tornero, soldador-chapista, etc.) necesarias para asegurar la continuidad de las operaciones y la reparación rápida de daños.
Auxiliar de Mantenimiento de Armamento: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relativas a los cometidos profesionales inherentes al mantenimiento, conservación y reparación de armamento, tanto individual como perteneciente a los distintos sistemas de armas.
Auxiliar de Mantenimiento de Electrónica: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades directamente relacionadas con la inspección, montaje y reparación de equipos de comunicaciones, de navegación y otros con componentes electrónicos, tanto en tierra como a bordo de aeronaves.
Auxiliar de Mantenimiento de Vehículos: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relativas a los cometidos profesionales inherentes a la operación y mantenimiento de los vehículos de dotación, tanto en lo referente a los sistemas mecánicos, como a los hidráulicos, eléctricos, electrónicos y estructurales.
Auxiliar de Mantenimiento de Infraestructuras: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relativas a los cometidos profesionales en el área de operación, mantenimiento y reparación de instalaciones e infraestructuras (electricidad, carpintería, albañilería, fontanería, pintura) necesarios para asegurar la continuidad de las operaciones y la reparación rápida de daños.
Auxiliar de Mando y Control: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades directamente relacionados con el manejo de los sistemas de mando y control y guerra electrónica, y auxiliares en operaciones de alerta y control. Estas actividades pueden realizarse tanto en tierra como a bordo de aeronaves.
Operador de Equipos y Sistemas: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades directamente relacionadas con la operación de equipos de telecomunicaciones, centrales telefónica, equipos de radio y otros en oficinas del servicio de información aeronáutica y de meteorología.
Operaciones en Plataforma Aérea: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relacionadas con el desarrollo de las operaciones aéreas, con el movimiento de aeronaves y con la preparación, manejo, carga, estiba y desembarco de cargas de aeronaves, tanto en tierra como a bordo de aeronaves.
Combustibles: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relacionadas con la recepción, almacenaje y distribución de combustible.
Contraincendios: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relacionadas con la prevención y extinción de incendios, incluyendo la participación en los equipos de rescate.
Cartografía e Imagen: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relacionadas con la realización de trabajos fotográficos y fotogramétricos.
Apoyo Sanitario: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades relacionadas con la logística en el área de sanidad, tanto en campaña (en tierra y a bordo de aeronaves), como en instalaciones de Unidades, centros y Organismos.
Administración: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relativas a los cometidos profesionales inherentes a la gestión de recursos, incluido el manejo de material de ofimática y sistemas informáticos, y cualquier otro de uso habitual en dependencias logísticas, administrativas o de asistencia de personal.
Hostelería: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relacionadas con la elaboración de menús, preparados alimenticios y prestación de servicios de hostelería, tanto en campaña como en instalaciones de Unidades, Centros y Organismos y a bordo de aeronaves.
Música: Los militares con esta especialidad desarrollan, a su nivel, actividades específicas relacionadas con le ejecución musical, mediante los instrumentos específicos de las músicas militares.
Requisitos comunes a todas las formas de ingreso directo
Para ser admitidos a la realización del proceso de selección los aspirantes deberán poseer, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los requisitos que a continuación se relacionan. Dichos requisitos deben mantenerse hasta el momento de la incorporación al centro docente militar de formación.
- Nacionalidad: española.
- No estar privado de los derechos civiles.
- Carecer de antecedentes penales.
- No hallarse procesado o imputado en procedimiento judicial por delito doloso.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, de los órganos constitucionales o de los órganos estatuarios de las comunidades autónomas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de las funciones públicas.
No haber causado baja de un centro docente militar de formación por los motivos establecidos en el artículo 71.2.c) y d) de la Ley 39/2007.
- No haberse resuelto su compromiso de vinculación profesional con las Fuerzas Armadas como consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales o de condiciones psicofísicas.
No podrán participar en los procesos de selección para cursar enseñanzas del mismo nivel y características, aquellos que hayan causado baja en un centro docente militar de formación por el motivo establecido en el artículo 71.2.b) de la Ley 39/2007.
- Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Tampoco son permitidos los tatuajes, argollas, espigas, inserciones, automutilaciones o similares, que sean visibles vistiendo las prendas comunes para personal masculino y femenino de los diferentes tipos de uniformes de las Fuerzas Armadas, en sus distintas modalidades, a excepción de los especiales y de educación física, cuya denominación, composición, utilización y uso se recoge en la Orden DEF/1756/2016 de 28 de octubre, por la que se aprueban las normas de uniformidad de las Fuerzas Armadas, todo ello de conformidad con el artículo 15.5 del Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 378/2014, de 30 de mayo.
Requisito de edad para acceder a la escala de tropa
Para poder participar en los procesos selectivos para ingresar en la escala de tropa se deben tener cumplidos 18 años y no superar la edad máxima de 29 años el día de incorporación al centro de formación correspondiente.
Requisito de estudios para ingresar en la escala de tropa
Estar en posesión, como mínimo, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o sus equivalentes.
Estos requisitos se acreditarán mediante la presentación del certificado original y fotocopia, o fotocopia compulsada, del título que se posea. Esta diligencia puede dar lugar, en caso de falsedad documental, al inicio de la determinación de las responsabilidades de cualquier índole en que pudiera haber incurrido, en aplicación expresa de la base 5.6 del presente anexo I, a cuyo efecto los Gestores de las Áreas de Reclutamiento de las Subdelegaciones de Defensa lo pondrán en conocimiento de la Comisión Permanente de Selección.
Los títulos, diplomas o estudios extranjeros presentados por el aspirante, deberán estar homologados a los títulos españoles, al amparo de lo establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, o conforme a lo establecido en el Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria.
Requisitos para extranjeros
- Tener en vigor la Tarjeta de residencia temporal o de larga duración en España, o la Tarjeta de familiar de residente comunitario, como mínimo, hasta la fecha prevista para su incorporación al centro de formación correspondiente.
- Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional.
- No figurar como rechazables en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido.
- No perder la nacionalidad de origen al entrar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas ni tener prohibición de alistamiento militar en las mismas.
- Carecer de antecedentes penales en España o en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.
Países cuyos nacionales pueden participar en el proceso de selección
- Argentina.
- Bolivia.
- Costa Rica.
- Colombia.
- Chile.
- Ecuador.
- El Salvador.
- Guatemala.
- Guinea Ecuatorial.
- Honduras.
- México.
- Nicaragua.
- Panamá.
- Paraguay.
- Perú (*).
- República Dominicana.
- Uruguay.
- Venezuela.
(*) Los ciudadanos de la República del Perú deberán aportar documentalmente la autorización expresa de la Autoridad u Organismo correspondiente, para la incorporación del interesado a las Fuerzas Armadas españolas, o el resguardo o acreditación de haberlo solicitado.
Para más información sobre las convocatorias anuales visitar el sitio web de Reclutamiento de Defensa.